WikiVenezuela
Advertisement
Capitolio

Palacio Legislativo, sede de la Asamblea Nacional

La Asamblea Nacional de Venezuela es el órgano de tipo unicameral que ejerce el Poder Legislativo Federal en la República Bolivariana de Venezuela. Está conformada por 165 Diputados. Nace después de la aprobación de la Constitución de 1999, reemplazando al anterior Congreso de la República, que era un órgano bicameral. Actualmente es presidida por el Diputado por el Estado Miranda Julio Borges. La actual Asamblea se instaló el 5 de enero del 2016 y ejercerá sus funciones hasta el 5 de enero del 2021.

En periodos de receso, la Comisión Delegada reúne un número de diputados para atender los asuntos pendientes de la Asamblea hasta el nuevo periodo de sesiones.

La Constitución de la República establece que el Poder Legislativo se ejerce por la Asamblea Nacional en su Título V, Capítulo I, Sección Primera, artículo 186.

La Asamblea Nacional posee un canal en señal abierta llamado Asamblea Nacional Televisión que funciona desde 2005.

Historia[]

En la Guerra de Independencia[]

La historia del Congreso de Venezuela, como depositario del Poder Legislativo Federal, se remonta al año de 1811, cuando se inaugura el 2 de marzo, siendo el Congreso más antiguo de América Latina. Posteriormente el 5 de marzo nombró el Triunvirato Ejecutivo compuesto por Cristóbal Mendoza, Juan Escalona y Baltasar Padrón, siendo Mendoza el primer Presidente de Venezuela. El mismo convocado para decidir la mejor clase de gobierno para Venezuela mientras durará el cautiverio del Rey Fernando VII en manos de Napoleón, durante las sesiones del Congreso surgió la idea de declarar la Independencia de España, concretándose el 5 de julio de 1811 y posterior Firma del Acta de Independencia, desatando la guerra con España. El 4 de diciembre de ese mismo año se promulga la primera Constitución Federal de Venezuela. Desde 1813 a 1817 no se reunió en Venezuela ningún Congreso.

El Congresillo de Cariaco[]

Desde 1813 el Libertador venía ejerciendo el Mando Supremo sin la aprobación de un Congreso, cuando Simón Bolívar reinicia la guerra en Venezuela en 1816, su primera preocupación es organizar una Asamblea en Santa Ana del Norte, en Margarita, que ratifique su autoridad militar. En su segunda expedición de los Cayos, el 28 de diciembre de 1816, Bolívar promete de nuevo en Margarita su intención de convocar a un Congreso Nacional tan pronto las circunstancias lo permitieran en tierra firme.

Tan pronto como el Libertador pasó a Guayana a asumir el mando de las tropas y dirigir la campaña, Santiago Mariño en franca discordia con el Libertador, reúne el Congresillo de Cariaco el 8 de mayo de 1817, al cual asistieron el Canónigo Madariaga, Luis Brión, Francisco Antonio Zea, Francisco Javier Maíz, Francisco Javier de Alcalá, Diego Vallenilla, Diego Antonio de Alcalá, Manuel Isava, Francisco de Paula Navas, Diego Bautista Urbaneja y Manuel Maneiro, y se constituyeron en Congreso de los Estados Unidos de Venezuela. Aparentemente este Congreso respondía a la convocatoria que El Libertador había hecho en su proclama de la Villa del Norte; pero este Congreso no tuvo efectos prácticos pero es importante señalar que intentó restaurar la Constitución Federal de 1811 sin exito.

El Congreso de Angostura[]

El Congreso de Angostura, inaugurado el 15 de febrero de 1819 por Simón Bolívar en Angostura (hoy Ciudad Bolívar), representó el segundo Congreso Constituyente de Venezuela. Fue elaborado en el contexto de las guerras de independencia de Venezuela y de Colombia. Sus palabras están recogidas en el célebre Discurso de Angostura.

En 1818, a pesar de estar todavía bajo el control español, los ímpetus independentistas continuaron y se reactivaron los ánimos constitucionales. El 15 de febrero de 1819, seis meses antes de la Batalla de Boyacá, se reunieron representantes de Venezuela, Nueva Granada (actualmente Colombia) y Quito (actualmente Ecuador) en Angostura, Venezuela, donde se instaló lo que históricamente se ha llamado el Congreso de Angostura para trabajar en el desarrollo de una Constitución. Los representes de Quito eran pocos ya que todavía se encontraba bajo el control español.

El Congreso de Valencia[]

El Congreso Constituyente de Valencia convocado por José Antonio Páez se reúne el 6 de mayo de 1830, con 33 Diputados de 48 que eligieron en ese entonces el cual tenía una tendencia antibolivariana, en este Congreso murió definitivamente la Gran Colombia y nace el nuevo Estado Venezolano. Además aprobó la Constitución del Estado de Venezuela de 1830, de carácter centralista que tuvo una vigencia de 27 años, hasta a la reforma de 1857 consecuencia de la fragilidad del gobierno conservador hasta el inicio de la Guerra Federal en 1859.

Después de la Guerra Federal[]

Después del triunfo del Partido Liberal en la Guerra Federal se convoca a La Asamblea Constituyente de la Federación para crear una nueva Constitución basada en los principios federales. El 28 de marzo de 1864 los miembros de la Asamblea Constituyente reunidos en Caracas firman la Constitución. Este Congreso lo conformaban igualmente dos Cámaras, La del Senado que representa a los Estados de la Unión y la de Diputados al Pueblo, este Congreso se encargaba de las leyes y tareas únicamente federales.

La Asamblea unicameral[]

219906 2

Hemiciclo de Sesiones de la Asamblea Nacional

Por Decreto la Asamblea Nacional Constituyente el 25 de agosto de 1999, suspendió las sesiones del Congreso de la República y lo redujo a su Comisión Delegada, posteriormente el 28 de marzo del 2000, la misma Asamblea lo disolvió y cesaron en sus funciones los Senadores y Diputados que lo integraban, para dar paso a la Comisión Legislativa Nacional que tendría un carácter transitorio para adaptar la legislatura al nuevo Poder Legislativo unicameral debido a la aprobación de una nueva carta magna para el país, el antiguo Congreso pasa a denominarse Asamblea Nacional y se elimina su condición de bicameral con Diputados y Senadores a una sola Cámara de Diputados.

La extinta figura del Senado de la República estuvo vigente en Venezuela desde la Promulgación de la Constitución Federal de los Estados de Venezuela de 1811 hasta que fue derogada la Constitución de 1961 en 1999. Con la promulgación de la Constitución de 1999 se suprimió el Senado, pero manteniendo el sistema federal vigente desde su restauración en 1864.

Las funciones del Senado las asumió íntegramente la nueva Asamblea Nacional, siendo una de las principales representar a los Estados, en el art 201 de la Constitución vigente establece: "los diputados o diputadas son representantes del pueblo y de los Estados en su conjunto, no sujetos o sujetas a mandatos ni instrucciones, sino a su conciencia. Su voto en la Asamblea Nacional es personal".

Funciones de la Asamblea Nacional[]

Según el Artículo 187 de la Constitución Nacional. Corresponde a la Asamblea Nacional:

  • Legislar en materias de competencia nacional y sobre el funcionamiento de las distintas ramas del Poder Nacional.
  • Proponer enmiendas y reformas a esta Constitución, en los términos establecidos en esta.
  • Ejercer funciones de control sobre el Gobierno y la Administración Pública Nacional, en los términos consagrados en esta Constitución y en la ley. Los elementos comprobatorios obtenidos en el ejercicio de esta función, tendrán valor probatorio, en las condiciones que la ley establezca.
  • Organizar y promover la participación ciudadana en los asuntos de su competencia.
  • Decretar amnistías.
  • Discutir y aprobar el presupuesto nacional y todo proyecto de ley concerniente al régimen tributario y al crédito público.
  • Autorizar los créditos adicionales al presupuesto.
  • Aprobar las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la Nación, que serán presentadas por el Ejecutivo Nacional en el transcurso del tercer trimestre del primer año de cada periodo constitucional.
  • Autorizar al Ejecutivo Nacional para celebrar contratos de interés nacional, en los casos establecidos en la ley. Autorizar los contratos de interés público municipal, estatal o nacional con los Estados.
  • Dar voto de censura al Vicepresidente Ejecutivo y los Ministros.
  • Autorizar el empleo de misiones militares venezolanas en el exterior o extranjeras en el país.
  • Autorizar al Ejecutivo Nacional para enajenar bienes inmuebles del dominio privado de la Nación, con las excepciones de ley.
  • Autorizar a los funcionarios públicos para aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros.
  • Autorizar el nombramiento del Procurador General de la República y de los Jefes de Misiones Diplomáticas.
  • Acordar los honores del Panteón Nacional a los venezolanos ilustres, que hayan prestado servicios eminentes a la República.
  • Velar por los intereses y autonomía de los Estados.
  • Autorizar la salida del Presidente de la República del territorio nacional por cinco días.
  • Aprobar por ley los tratados o convenios internacionales que celebre el Ejecutivo Nacional.
  • Dictar su propio reglamento y presupuesto de gastos.
  • Las demás que señale la Constitución y la ley.


Organización de la Asamblea Nacional[]

Para dirigir la Asamblea Nacional los diputados eligen un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario y un Subsecretario, por periodos de un año por la mayoría de los votos afirmativos de la Cámara, y además se nombrarán Comisiones Permanentes, ordinarias y especiales y a su vez Subcomisiones. Las Comisiones Permanentes, en un número no mayor de quince, estarán referidas a los sectores de la actividad nacional. Igualmente se podrá crear Comisiones con carácter temporal para investigación y estudio, todo ello de conformidad con su Reglamento. Se podrán crear o suprimir las Comisiones Permanentes con el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes. En el receso de la Asamblea Nacional funciona la Comisión Delegada.


Comisiones Permanentes[]

Las Comisiones Permanentes contarán con un número de diputados impar no inferior a siete ni superior a veinticinco. Para su integración se tomará en cuenta la preferencia manifestada por los Diputados y Diputadas, el Presidente y Vicepresidente de la Comisión Permanente lo elegirá el Presidente de la Asamblea Nacional. Las Comisiones funcionan en el Edificio José María Vargas

Las Comisiones Permanetes estan establecidas en el Reglamento de Interior y de Debates de la Asamblea Nacional aprobado en diciembre de 2010.

Periodo Legislativo 2012-2013

  • Comisión Permanentes de Política Interior
  • Comisión Permanente de Política Exterior, Soberania e Integración
  • Comisión Permanente de Contraloría
  • Comisión Permanente de Finanzas y Desarrollo Económico
  • Comisión Permanente de Energía y Petróleo
  • Comisión Permanente de Defensa y Seguridad
  • Comisión Permanente de Desarrollo Social Integral
  • Comisión Permanente de Cultura y Recreación
  • Comisión Permanente de Ambiente, Recursos Naturales y Cambio Climatico
  • Comisión Permanente de Pueblos Indígenas
  • Comisión Permanente de Poder Popular y Medios de Comunicación
  • Comisión Permanente de Ciencia, Tecnología e Innovación
  • Comisión Permanente de Cultos y Régimen Penitenciario
  • Comisión Permanente de la Familia
  • Comisión Permanente de Administración y Servicios


Períodos y recesos[]

La Asamblea tiene dos periodos de sesiones ordinarias al año. El primero comienza el 5 de enero o el día posterior más inmediato y termina el 15 de agosto. El segundo comienza el 15 de septiembre o el día posterior más inmediato y termina el 15 de diciembre. Mientras duran los recesos, una Comisión Delegada se encarga de las responsabilidades de la Asamblea.

Tipo de Mayorías[]

Para la aprobación de las distintas leyes nombradas anteriormente se requieren distintos tipos de mayoría. Por ejemplo se encuentra la mayoría simple, es decir la mitad mas uno de los Diputados presentes, que se utiliza en todas las decisiones que se someten a votación con excepción de aquellas en las que la Constitución exige otra mayoría, y plantea que las decisiones se toman por la mayoría de los votos de los asistentes. Otro tipo de mayoría que se utiliza en la Asamblea es la de las 3/5 partes de los diputados, para aprobar la Ley Habilitante al Presidente de la República, para emitir voto de censura contra el Vicepresidente o los Ministros es decir de 99 Diputados.

Por otra parte, en la Asamblea Nacional se requiere de mayoría calificada, en las que las decisiones se toman por los 2/3 de los votos, es decir de 110 Diputados para convocar a una Asamblea Constituyente o Reforma a la Constitución, aprobar las Leyes Orgánicas, nombrar y remover a los Magistrados del TSJ, miembros del Poder Ciudadano, los Rectores del CNE y someter a referendo aprobatorio las Leyes.


Junta Directiva actual[]

  • Presidente: Julio Borges
  • Primer Vicepresidente: Freddy Guevara
  • Segundo Vicepresidente: Dennis Fernández
  • Secretario: José Ignacio Guedez
  • Subsecretario: José Luis Cartaya


Diputados[]

Son elegidos tres Diputados por cada Entidad Federal, y tres de los cuales son legisladores especiales elegidos por los pueblos indígenas, en votación universal, directa, personalizada y secreta por medio representación proporcional, según la base poblacional del 1,1% de la población total del país. Los Diputados pueden ser reelegidos sin límite debido a la aprobación de la Enmienda Nº 1. de la Constitución Nacional el 15 de febrero de 2009, regresando al régimen que establecía la anterior Constitución de 1961 establecía la reelección indefinida, además los Diputados tienen un suplente, escogidos en el mismo proceso.

Los diputados deben aprobar los proyectos de ley para que éste se convierta en ley, pero el presidente tiene poder de veto. En ese caso, la Asamblea Nacional reconsidera el proyecto de ley. El Presidente y los Vicepresidentes de la Asamblea la promulgarán, el proyecto de ley se convierte en ley, aún sin la firma del Presidente de República.

Los Diputados que sean elegidos para ocupar otros cargos públicos en Gobierno Nacional, Estadal o Municipal pierde el mandato popular y por ende la inmunidad parlamentaria, pero en caso que sea necesario un retiro pueden solicitar permiso a la Cámara para separarse temporalmente de su puesto.

Requisitos para ser Diputado

  • Ser venezolano o venezolana por nacimiento o por naturalización con, por lo menos, quince años de residencia en el territorio venezolano.
  • Ser mayor de veintiún años de edad.
  • Haber residido cuatro años consecutivos en la Entidad Federal correspondiente antes de la fecha de la elección.
  • No pueden ser Diputados el Presidente de la República, Vicepresidente Ejecutivo, los Ministros, el Secretario de la Presidencia de la República, los Presidentes y Directores de los Institutos Autónomos del Estado, hasta después de tres meses de la separación de su cargo.
  • No pueden ser Diputados los Gobernadores y Secretarios de Gobierno de los Estados y del Distrito Capital, hasta tres meses después de su separación absoluta del cargo, o funcionarios municipales, estadales y nacionales.

Diputados por Estado Periodo 2011-2016

  • Amazonas 3
  • Anzoátegui 8
  • Apure 5
  • Aragua 8
  • Barinas 6
  • Bolívar 8
  • Carabobo 10
  • Cojedes 4
  • Delta Amacuro 4
  • Distrito Capital 10
  • Falcón 6
  • Guárico 5
  • Lara 9
  • Mérida 6
  • Miranda 12
  • Monagas 6
  • Nueva Esparta 4
  • Portuguesa 6
  • Sucre 6
  • Táchira 7
  • Trujillo 5
  • Vargas 4
  • Yaracuy 5
  • Zulia 15
  • Representación Indígena Región Occidente, Oriente y Sur 3
  • Total: 165

Escaños por partido 2011

  • PSUV-PCV: 55

Unidad Democrática: 112


Presidentes de la Asamblea Nacional[]

  • Willian Lara 2001-2002 MVR
  • Francisco Ameliach 2003-2004 MVR
  • Nicolás Maduro 2005-2006 MVR
  • Cilia Flores 2006-2010 MVR/PSUV
  • Fernando Soto Rojas 2011-2012 PSUV
  • Diosdado Cabello 2012-2016 PSUV
  • Henry Ramos Allup 2016-2017 AD
  • Julio Borges 2017-presente PJ

Sede de la Asamblea Nacional[]

Asamblea Nacional, se encuentra establecida en la ciudad de Caracas en el Palacio Federal Legislativo, o Capitolio Federal, construido durante el período de Antonio Guzmán Blanco en 1872. El salón Elíptico es el más importante y es usado para actos protocolares en el se encuentra el libro del acta de independencia firmado el 5 de julio de 1811, una magnifica colección de obras de arte de próceres de la independencia, y en su cúpula del lado interno se encuentra la obra de arte del pintor venezolano Martín Tovar y Tovar la cual representa la Batalla de Carabobo, y por fuera es una cúpula elíptica dorada con baño de oro y en la cúspide se encuentra la Bandera Nacional.

Esta página utiliza contenido de Wikipedia (ver autores) con licencia Creative Commons.
Smallwikipedialogo


Advertisement